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NC Voters’ Bill of Rights
(SPANISH)

CARTA DE DERECHOS DEL VOTANTE DE CAROLINA DEL NORTE

Usted tiene derecho a votar, es la ley ¡y la prueba está en sus manos! Notará letras y números después de cada uno de sus derechos enumerados a continuación. Estos indican a los abogados y a los trabajadores electorales dónde encontrar la ley o el documento legal de Carolina del Norte que protege sus derechos como votante debidamente registrado. Lleve este documento consigo cuando vaya a votar. Si no está registrado, consulte la sección inferior.

Download our one-page handout on your voting rights here (Spanish-language version).

Updated as of August 2023

USTED TIENE DERECHO A VOTAR

HORARIO: Su centro de votación asignado para el día de las elecciones estará abierto entre las 6:30 a. m. y las 7:30 p. m. Si está en la cola o dentro del centro de votación antes de las 7:30 p. m. (o en la cola o dentro del centro de votación a la hora de cierre de cualquier votación anticipada en su condado) debe respetarse su derecho al voto. Es la ley: Estatuto General de North Carolina (NCGS) 163A-1130

NECESITA UNA IDENTIFICACIÓN PARA VOTAR EN NORTH CAROLINA: Ahora es necesario mostrar una licencia de conducir de North Carolina u otra identificación aceptada con fotografía para votar con una boleta regular, a partir de las elecciones municipales de 2023 debido a un dictamen de abril de 2023 del Tribunal Supremo de North Carolina. En www.gotidnc.org puede encontrar más información, incluyendo qué tipos de identificaciones son aceptables. NCGS 163-166.16

PAPELETA PROVISIONAL Si surge algún problema, tiene derecho a votar con una papeleta provisional. Por ejemplo, solicite una papeleta provisional si cree que se ha inscrito pero su nombre no figura en las listas o si le dicen que se ha equivocado de circunscripción. También se le debe dar una manera de averiguar si la papeleta provisional fue contada, y si no, la razón por la que no lo fue. NCGS 163A-1142

SI SE MUDA: Si se mudó dentro del mismo condado y ha vivido en su nueva ubicación por más de 30 días, tiene derecho a votar en su nuevo distrito electoral o en una ubicación central. Si ha vivido en su nueva ubicación menos de 30 días, debe votar en su antiguo distrito electoral o usar una papeleta provisional en su nuevo distrito electoral. Si se ha mudado dentro de su distrito electoral, puede actualizar su información en las urnas y votar. Si se muda a un nuevo condado, debe volver a registrarse para votar hasta 25 días antes de las elecciones o puede visitar una urna de Votación Anticipada en cualquier lugar de su nuevo condado para registrarse y votar al mismo tiempo. Encuentre los sitios de Votación Anticipada de su condado en demnc.co/earlyvoting. NCGS 163A-878 5.

CAMBIO DE NOMBRE: Si su nombre cambió desde que se registró para votar, tiene derecho a votar, incluso si no ha informado de su cambio de nombre a los funcionarios electorales. NCGS 163A-880.

PAPELETA ESTROPEADA: Si comete un error en su papeleta, tiene derecho a una nueva. Puede estropear hasta tres papeletas. NCAC 10B.0104.

ASISTENCIA: Tiene derecho a recibir asistencia de un familiar para votar. Si tiene una discapacidad o dificultad para leer (debido a su capacidad lingüística, visión, etc.), tiene derecho a recibir asistencia de cualquier persona de su elección, excepto su empleador o representante sindical. NCGS 163A-1139.

VOTACIÓN EN LA ACERA: Si el lugar de votación es de difícil acceso debido a su edad o discapacidad física o mental, tiene derecho a votar en un vehículo en la acera o en la puerta del lugar de votación. NCGS 163A-1140

INTERVENCIÓN DE LA JUSTICIA: Si está en la cárcel por un delito menor, sigue teniendo derecho a votar. Si fue condenado por un delito grave, puede volver a inscribirse para votar una vez que haya completado su sentencia, incluyendo la libertad condicional, la supervisión posterior a la liberación y la libertad bajo palabra. Multas, pagos y restituciones no son suficientes para inhabilitarlo para votar. NCGS 13-1.

INTIMIDACIÓN: Tiene derecho a votar sin ser intimidado u obligado a votar de cierta manera. NCGS 163A-1385.

SI NO ESTÁ INSCRITO PARA VOTAR: Puede inscribirse para votar si su formulario de inscripción firmado lleva el sello postal 25 días antes de una elección. Consulte ncsbe.gov para conocer la fecha límite. Si no cumple ese plazo, puede registrarse y votar el mismo día durante el periodo de votación anticipada de 17 días antes del día de las elecciones (no puede hacerlo el día de las elecciones). Debe ser ciudadano, tener al menos 18 años en el momento de las elecciones y haber vivido en el condado durante 30 días antes de las elecciones.

Diríjase a un centro de votación anticipada de su condado, complete un formulario de inscripción, muestre un documento de identidad con fotografía y uno de los siguientes documentos con su nombre y dirección: un documento oficial, un recibo de sueldo, una factura de servicios públicos, un estado de cuenta bancario o un carné de estudiante con un documento escolar en el que figure su dirección, y ¡a votar!

Para encontrar un centro de votación anticipada en su condado, llame al 888-687-8683 o visite demnc.co/voteearly.

Actualizado en junio de 2023