USTED TIENE DERECHO A VOTAR
HORARIO. Su centro de votación asignado para el día de las elecciones estará abierto entre las 6:30 a. m. y las 7:30 p. m. Si está en la cola o dentro del centro de votación antes de las 7:30 p. m. (o en la cola o dentro del centro de votación a la hora de cierre de cualquier votación anticipada en su condado) debe respetarse su derecho al voto. Es la ley: Estatuto General de Carolina del Norte (NCGS, por sus siglas en inglés) 163-166.25
NECESITA UNA IDENTIFICACIÓN PARA VOTAR EN CAROLINA DEL NORTE Necesita mostrar una licencia de conducir de Carolina del Norte u otra identificación aceptada con fotografía para votar con una papeleta regular. Si no puede mostrar una identificación con foto al votar, aún puede votar con una papeleta provisional y pedirle al trabajador electoral un “Formulario de Excepción de Identificación”. Obtenga más información, incluidos los tipos de documentos de identidad aceptados y cómo obtener un documento de identidad con fotografía gratuito para votar, en www.gotidnc.org. NCGS 163-166.16
PAPELETA PROVISIONAL Si surge algún problema, tiene derecho a votar con una papeleta provisional. Por ejemplo, solicite una papeleta provisional si cree que se ha registrado pero su nombre no figura en las listas o si le dicen que se ha equivocado de distrito electoral. También se le debe dar información sobre si necesita tomar medidas adicionales para que su papeleta sea contada e instrucciones sobre cómo saber si la papeleta provisional fue contada y, en caso contrario, la razón por la que no fue contada. NCGS 163-166.11
SI SE MUDA Si se mudó dentro del mismo condado y ha vivido en su nueva ubicación por más de 30 días, tiene derecho a votar en su nuevo distrito electoral o en una ubicación central. Si ha vivido en su nueva ubicación menos de 30 días, debe votar en su antiguo distrito electoral o usar una papeleta provisional en su nuevo distrito electoral. Si se ha mudado dentro de su distrito electoral, puede actualizar su información en las urnas y votar. Si se muda a un nuevo condado, debe volver a registrarte para votar 25 días antes de la elección o puede visitar un centro de votación anticipada en cualquier lugar de su nuevo condado para registrarse y votar al mismo tiempo. Encuentre las ubicaciones de su condado en demnc.co/voteearly. NCGS 163-82.15, Constitución de Carolina del Norte, Artículo VI, Sección 2(1)
CAMBIO DE NOMBRE: Si su nombre cambió desde que se registró para votar, tiene derecho a votar, incluso si no ha informado de su cambio de nombre a los funcionarios electorales. NCGS 163-82.15, 08 NCAC 10B.0103
PAPELETA ESTROPEADA: Si comete un error en su papeleta, tiene derecho a una nueva. Puede estropear hasta tres papeletas. 8 NCAC 10B.0104.
ASISTENCIA: Tiene derecho a recibir asistencia de un familiar para votar. Si tiene una discapacidad o dificultad para leer (debido a su capacidad lingüística, visión, etc.), tiene derecho a recibir asistencia de cualquier persona de su elección, excepto su empleador o representante sindical. NCGS 163-166.8, 52 U.S.C. Sección 10508
VOTACIÓN EN LA ACERA: Si el lugar de votación es de difícil acceso debido a su edad o discapacidad física o mental, tiene derecho a votar en un vehículo en la acera o en la puerta del lugar de votación. NCGS 163-166.9, 08 NCAC 10B.0108
INVOLUCRADO EN LA JUSTICIA: Si está en la cárcel por un delito menor, sigue teniendo derecho a votar. Si fue condenado por un delito grave, puede volver a registrarse para votar una vez que haya completado su sentencia, incluyendo la libertad condicional, la supervisión posterior a la liberación y la libertad bajo palabra. Las multas, los recargos y las restituciones no son suficientes para inhabilitarlo para votar. NCGS 13-1. Si la persona no sale de la cárcel o prisión hasta menos de 25 días antes de las elecciones, puede solicitar registrarse para votar el día de las elecciones. Si la solicitud es aprobada por la Junta Electoral, la persona puede votar ese mismo día. NCGS 163-82.6
INTIMIDACIÓN: Tiene derecho a votar sin ser intimidado u obligado a votar de cierta manera. NCGS 163-274, NCGS 163-275
SI NO ESTÁ REGISTRADO PARA VOTAR: puede registrarse para votar si su formulario de registro firmado lleva el sello postal 25 días antes de una elección. Consulte demnc.co/upcoming para conocer la fecha límite. Si se le pasa ese plazo, puede registrarse y votar el mismo día durante el periodo de votación anticipada de 17 días antes del día de las elecciones (no puede hacerlo el día de las elecciones). Debe ser ciudadano estadounidense, tener al menos 18 años en el momento de las elecciones y haber vivido en el condado durante los 30 días anteriores a las elecciones.
Acuda a un centro de votación anticipada de su condado, rellene un formulario de registro, muestre un documento de identidad con fotografía y uno de los siguientes documentos (¡asegúrese de que sea un documento actual!) con su nombre y dirección de residencia: permiso de conducir de Carolina del Norte, una factura actual de servicios públicos, un estado de cuenta bancario, un cheque del gobierno, un recibo de nómina, otro documento del gobierno o un documento expedido por la institución (por ejemplo, una escuela) que emitió el documento de identidad con fotografía que utiliza para satisfacer el requisito de identificación con fotografía del votante.
Para encontrar un centro de votación anticipada en su condado, llame al 888-687-8683 o visite demnc.co/voteearly.
Actualizado en junio de 2024